Calcula tu aguinaldo proporcional según los días que llevas trabajados en el año. Apegada a la Ley Federal del Trabajo (artículo 87). Sin registro.
Por ley, todos los trabajadores en México tienen derecho a recibir como aguinaldo al menos 15 días de salario al año, pagaderos antes del 20 de diciembre (LFT art. 87). Las empresas pueden ofrecer más por política interna o contrato colectivo: 20, 30 o incluso 60 días son comunes en empresas grandes.
La fórmula básica es:
Si trabajaste todo el año con un sueldo de $25,000 al mes (salario diario ≈ $833.33):
Si solo trabajaste 6 meses (≈183 días):
El aguinaldo tiene una exención de hasta 30 UMAs (LISR art. 93, fracción XIV). En 2025 esto equivale aproximadamente a $3,394 pesos exentos. Solo el excedente paga ISR usando las tablas mensuales del SAT.
Ejemplo: si tu aguinaldo es de $12,500 pesos, los primeros $3,394 están exentos y los $9,106 restantes pagan ISR según la tasa marginal que aplica a tu ingreso. La retención típica oscila entre 6% y 30% del monto gravable, dependiendo de tu sueldo y demás percepciones.
No. Tienes derecho al aguinaldo proporcional por los días que trabajaste en el año, pagadero en tu finiquito. Aplica para renuncia, terminación voluntaria o despido.
Antes del 20 de diciembre de cada año. Si tu empresa no lo paga, puedes denunciar ante la STPS o demandar.
No. El aguinaldo debe pagarse en moneda de curso legal (LFT art. 101). Las empresas que pagan en vales o producto incumplen.
Los periodos de incapacidad por enfermedad general (IMSS) no cuentan como días trabajados para el aguinaldo. La maternidad sí cuenta (LFT art. 127, fracción IV).
Revisa también lo que te toca por terminación de contrato o cuánto te queda neto al mes.
Calcular finiquito Sueldo neto